El acoso sexual y el acoso por razón de sexo son conductas intolerables que deben ser prevenidas y gestionadas de manera efectiva en cualquier
organización. Este protocolo tiene como objetivo proporcionar las pautas y procedimientos necesarios para prevenir, identificar, y actuar frente a casos de acoso sexual y acoso por razón de sexo en el entorno laboral o educativo.
Este protocolo tiene como propósito establecer las medidas preventivas y las acciones a seguir ante situaciones de acoso sexual o acoso por razón de
sexo dentro de la organización, con el fin de asegurar un entorno libre de violencia, discriminación o intimidación, promoviendo una cultura de respeto,
igualdad y dignidad para todas las personas.
– Acoso sexual:
Es cualquier comportamiento, de naturaleza verbal, no verbal o física, de carácter sexual, no deseado y que afecta la dignidad o crea un ambiente
intimidatorio, hostil, humillante o degradante para la persona afectada. Ejemplos incluyen comentarios, gestos, contactos físicos, amenazas o cualquier otra acción con connotaciones sexuales.
– Acoso por razón de sexo:
Consiste en tratar de manera desigual a una persona por su sexo, sin que sea necesario que la conducta tenga carácter sexual explícito. Se refiere a cualquier trato diferenciado, menoscabo o humillación por razones de género que afecta la dignidad de la persona.
– Respeto a la dignidad humana:
Todas las personas tienen derecho a un entorno libre de acoso y violencia de cualquier tipo
– Igualdad de trato y oportunidades:
Garantizar que todas las personas sean tratadas por igual sin importar su sexo, orientación sexual, identidad de género, o cualquier otra característica
personal.
– Cero tolerancia:
¡La organización adopta una política de cero tolerancia hacia el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en todas sus formas.
– Confidencialidad:
Todas las denuncias de acoso serán tratadas con la máxima confidencialidad para proteger tanto a la víctima como al denunciado, en la medida que lo permita la investigación.
– Sensibilización y Formación:
Se implementarán cursos y talleres periódicos para sensibilizar a los empleados y estudiantes sobre los efectos negativos del acoso, los derechos de las víctimas y las responsabilidades de todos los miembros de la organización.
– Política de no tolerancia:
Se debe establecer y comunicar claramente la política de cero tolerancia al acoso. Toda la organización debe estar al tanto de las consecuencias de participar en comportamientos de acoso.
– Promoción de un entorno inclusivo y respetuoso:
Fomentar una cultura organizacional donde el respeto, la igualdad y la diversidad sean valores clave en las interacciones diarias.
– Identificación de posibles riesgos:
Se deben llevar a cabo evaluaciones de riesgos periódicas para identificar áreas donde podrían ocurrir situaciones de acoso, y tomar medidas preventivas como la reestructuración de jerarquías, la mejora de la accesibilidad a canales de comunicación, y el fortalecimiento de la supervisión.
5.1. Canal de Denuncias
La organización debe habilitar un canal de denuncias confidencial (puede ser tanto físico como digital) donde las personas puedan reportar situaciones de acoso sin temor a represalias. Este canal debe ser accesible a todos los empleados o miembros de la organización y garantizar que las denuncias serán tratadas con respeto y seriedad.
5.2. Actuación ante una denuncia
Recepción de la denuncia:
Cuando se reciba una denuncia, ya sea de acoso sexual o por razón de sexo, se debe garantizar una respuesta inmediata y sin prejuicios. La persona denunciante debe ser recibida por un profesional especializado o por un responsable designado, quien le brindará el apoyo necesario y le explicará el procedimiento a seguir.
Investigación:
La organización debe investigar el incidente de manera imparcial y respetuosa, recabando pruebas y escuchando a todas las personas involucradas (víctima, denunciado, testigos, etc.) para comprender los hechos. Se debe realizar la investigación en un plazo razonable.
Medidas cautelares:
Durante la investigación, pueden tomarse medidas cautelares (ej. traslado temporal del denunciado, cambio de equipo de trabajo, etc.) para evitar que la situación de acoso continúe.
Conclusión de la investigación:
Una vez finalizada la investigación, se determinará si hubo acoso y qué acciones tomar. En caso afirmativo, se impondrán sanciones que pueden incluir desde una amonestación hasta el despido, dependiendo de la gravedad del caso.